APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BROU. EJERCICIO 2007




Promulgación: 04/06/2007
Publicación: 11/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1124
Referencias a toda la norma

A TODOS LOS ESCALAFONES (EX - CLASES FUNCIONALES)

Artículo 19

 En el marco del Proceso de Reestructura, el Directorio autorizará las 
transformaciones y adecuaciones necesarias en los cargos y las 
consiguientes trasposiciones entre el objeto "099.001 - Previsiones para
Eventuales Ajustes por Reestructura" y el objeto "011.000 - Sueldos 
Básicos de Cargos Presupuestados", con el fin de atender las 
modificaciones de carácter funcional que respondan a la implementación de
la nueva estructura orgánica del Banco.
Los ajustes que se originen por dicho motivo, deberán ser comunicados a 
la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en cada oportunidad que el
Banco curse las adecuaciones presupuestales, referidas en los artículos 
21º y 24º de estas disposiciones, detallando los mismos con su 
justificación técnica y económica.
La presente previsión regirá en el ejercicio 2007, ajustada al grado de 
desarrollo que imponga el cambio organizacional del Banco.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 43.
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