OTORGAMIENTO DE PERMISOS DE CAZA Y SACRIFICIO DE ESPECIES ZOOLOGICAS SILVESTRES




Promulgación: 29/04/1994
Publicación: 13/05/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 491

Artículo 3

 En el transporte del producto de la caza deportiva, que deberá ser
realizado por el propio cazador munido del permiso de caza y la guía de
las armas utilizadas, se autoriza un máximo de quince (15) perdices.
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