CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 3. BARRACAS DE PRODUCTOS DEL PAIS Y AFINES




Promulgación: 04/04/1991
Publicación: 24/10/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

     Dispónese que todos los porcentajes acordados en el Convenio podrán
trasladarse al precio de los bienes y/o servicios de la actividad de
acuerdo a la incidencia de los salarios en la estructura de costos de cada
empresa. 
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