SERVICIO EXTERIOR - FUNCIONARIOS DIPLOMATICOS




Promulgación: 26/04/1990
Publicación: 05/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 423
Referencias a toda la norma

Artículo 9

   El Jefe de Misión comunicará al Estado receptor la designación del
agregado honorario, el cual gozará del estatuto jurídico que le reconozca
el Derecho diplomático y la legislación del Estado receptor.
Referencias al artículo
Ayuda