MODIFICACION DEL ART. 2º DEL DECRETO 122/021, REGLAMENTARIO DE DISPOSICIONES DE LA LEY 19.942, RELATIVAS A MITIGAR EL IMPACTO ECONOMICO COMO CONSECUENCIA DEL ESTADO DE EMERGENCIA NACIONAL SANITARIA POR COVID-19




Promulgación: 22/06/2021
Publicación: 28/06/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.956 de 10/06/2021.
   VISTO: las medidas contenidas en la Ley N° 19.956, de 10 de junio de 2021, destinadas a mitigar el impacto económico consecuencia del estado de emergencia nacional sanitaria, declarado por el Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020;

   RESULTANDO: que la norma referida contempla la reducción de aportes jubilatorios patronales, la exoneración de los pagos mínimos mensuales del Impuesto a las Rentas de las Actividades Económicas y la exoneración de los pagos a cuenta del Impuesto al Patrimonio, para aquellos contribuyentes que configuren los requisitos de inclusión definidos en la norma señalada;

   CONSIDERANDO: que se entiende necesario reglamentar determinadas disposiciones de la Ley N° 19.956, de 10 de junio de 2021, a los efectos de su adecuada ejecución;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el numeral 4) del artículo 168 de la Constitución de la República;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 122/021 de 27/04/2021 
artículo 2.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JUAN OLAIZOLA - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA
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