MEDIDAS DE SEGURIDAD. ORGANIZACION DE ESPECTACULOS PUBLICOS




Promulgación: 29/05/2002
Publicación: 03/06/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 937

Artículo 5

 Los interesados deberán presentar su solicitud ante la autoridad 
policial, con no menos de diez días hábiles de antelación, aportando la 
información que le sea requerida. Dicha autoridad en un plazo no superior 
a los tres días hábiles, se expedirá mediante resolución que se 
notificará a los interesados.
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