CREACION DEL REGISTRO UNICO DE INMUEBLES DEL ESTADO - PERSONA PUBLICA MAYOR. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION




Promulgación: 10/06/1997
Publicación: 20/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1409
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 732, 733 Derogada/o, 734 Derogada/o, 
735 Derogada/o y 736.
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   Los asesoramientos del Ministerio de Transporte y Obras Públicas y del
Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente,
previstos en los artículos 733º y 736º, respectivamente, de la Ley Nº
16.736, de 5 de enero de 1996, se deberán realizar dentro del plazo de 30
días desde la fecha en que les fueran requeridos.
Referencias al artículo
Ayuda