Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículos 732, 733 , 734 , 735 y 736.
Los Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional no podrán tomar o dar en arrendamiento, enajenar o adquirir bienes inmuebles, o proceder a cualquier otra forma de afectar su uso mientras se encuentren omisos en la remisión de la información exigida.