PASIVIDADES - AJUSTE DE JUBILACIONES Y PENSIONES. ABRIL 1986




Promulgación: 07/04/1986
Publicación: 08/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 734
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Para las pasividades que se concedan a partir del 1º de abril de 1986, al
amparo del régimen anterior al Decreto Constitucional Nº 9, la prima por
edad queda fijada en N$ 1.325.
Referencias al artículo
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