En cada Sección Censal, determinada sobre los límites delineados por
la Dirección General de Estadística y Censos, habrá un Jefe de Sección
cuyas obligaciones serán las siguientes:
a) Dirigir el operativo censal en su Sección conforme a las instrucciones
impartidas por la Dirección General de Estadística y Censos.
b) Proponer al Jefe de Departamento la designación de los Jefes de
Segmento, coordinar su capacitación con el Instructor Departamental y
supervisar su trabajo.
c) Disponer lo pertinente a fin de facilitar a los instructores
departamentales y rurales la capacitación de los Empadronadores.
d) Seguir las instrucciones establecidas en el Manual del Jefe de Sección
Censal y las recibidas durante el período de capacitación.
e) Los Jefes de Sección Censal dependerán directamente del Jefe de
Departamento.