EXHORTACION A UTE, A INSTRUMENTAR UN PROGRAMA DE BENEFICIOS COMERCIALES PARA PRODUCTORES LECHEROS Y EMPRESAS DE LA CADENA PRODUCTORA DE LACTEOS, RELACIONADO A LOS SERVICIOS ELECTRICOS




Promulgación: 10/08/2026
Publicación: 19/08/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Para acceder al beneficio será necesario otorgar el consentimiento para que la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE) realice el análisis referido en el artículo 1 del presente decreto y se comuniquen al Ministerio de Industria, Energía y Minería los datos necesarios para el diseño de medidas de eficiencia energética para el sector lácteo. La información será tratada de acuerdo con la Ley N° 18.331, de 11 de agosto de 2008.
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