Reglaméntase el artículo 260 de la Ley Nº 13.640, referente a la
obligatoriedad de entregar a la Discoteca Nacional del Servicio Oficial
de Difusión Radio Eléctrica (SODRE), dos ejemplares de todo disco que se
fabrique en el país para ser comercializado.
Fe de erratas publicada/s:30/04/1970.
Reglamentario/a de: Ley Nº 13.640 de 26/12/1967 artículo 260.