Los trabajadores comprendidos en el numeral precedente, que no
perciban la remuneración en especies (alimentación y vivienda), percibirán
la suma de N$ 2.650.00 (dos mil seiscientos cincuenta nuevos pesos) o su
equivalente diario.
En consecuencia percibirán las siguientes retribuciones mínimas:
Asignación
Cargo Mensual Diaria
N$ N$
Capataz 7.400.00 290.00
Escribiente 7.125.00 285.00
Tractorista 6.875.00 275.00
Chacarero 6.875.00 275.00
Peón 6.600.00 264.00
Menores de 18 años 5.800.00 232.00
Cocinero 5.800.00 232.00
Servicio Doméstico 5.375.00 215.00
Peón zafral 300.00