Derogada/o por: Decreto Nº 840/988 de 14/12/1988 artículo 140.
Visto: el artículo 30 del decreto 661/979, del 19 de noviembre de 1979.
Considerando: conveniente autorizar el régimen de amortización acelerada
del activo fijo de las empresas industriales a efectos de que las
industrias estén en condiciones de proceder a la renovación de sus
equipos,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/982 de 02/06/1982 artículo 1.
ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - FRANCISCO D. TOURREILLES