APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2006




Promulgación: 28/05/2007
Publicación: 05/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1062
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 18

 Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios, becarios y pasantes, una prima por Asistencia Social de $ 919,00 (pesos uruguayos novecientos diecinueve) mensuales, sujeta a montepío, a partir de la aprobación del presente Decreto, la que se ajustará en las mismas oportunidades y en iguales porcentajes que los incrementos salariales decretados por el Poder Ejecutivo, estando expresada dicha partida a precios de 1º de julio de 2005.
La partida prevista en el presente artículo, no se incluirá para el cálculo de ningún otro beneficio, salvo el aguinaldo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31.
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