APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 2006




Promulgación: 28/05/2007
Publicación: 05/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1062
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
PROGRAMA I: EXPLOTACION DIRECTA DE JUEGOS DE AZAR DE CASINOS Y SALAS DE ESPARCIMIENTO

Artículo 17

 Autorízase a la Dirección General de Casinos a abonar a sus funcionarios, becarios y pasantes, una suma mensual por gastos de alimentación. Fíjase en $ 1.600 (pesos uruguayos mil seiscientos), el monto de la misma, estando expresada dicha cantidad a precios de 1º de julio de 2005.
Dicho monto, se ajustará a partir de la aprobación del presente decreto en las mismas oportunidades y en iguales porcentajes que los incrementos salariales decretados por el Poder Ejecutivo.
La partida prevista en el presente artículo, no se incluirá para el cálculo de ningún otro beneficio, salvo el aguinaldo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31.
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