PRORROGA EN EL VENCIMIENTO DE ANUALIDADES DE LAS PATENTES DE INVENCION




Promulgación: 23/05/2002
Publicación: 29/05/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 829

Artículo 3

 A los efectos de la rehabilitación, los titulares de las patentes 
caducadas deberán presentar la solicitud respectiva y acreditar el pago 
de las anualidades adeudadas, en el plazo previsto en el Art. 1º del 
presente decreto.
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