UNIDADES EJECUTORAS - DEFENSA DEL CONSUMIDOR




Promulgación: 20/04/1993
Publicación: 30/04/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1993
  •    Página: 354
Referencias a toda la norma

Artículo 7

   La Contaduría General de la Nación y la Oficina Nacional del Servicio
Civil adoptarán las medidas necesarias para lograr el cumplimiento de las
disposiciones contenidas en el presente Decreto en los ámbitos de sus
respectivas competencias.
Referencias al artículo
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