REGLAMENTACION DEL ARTICULO 21 DE LA LEY 17.283 (LEY GENERAL DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE)




Promulgación: 20/06/2013
Publicación: 27/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1262
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.283 de 28/11/2000 artículo 21.
Referencias a toda la norma

Capítulo VII - Otras disposiciones

Artículo 34

 (Responsabilidad por daños). Sin perjuicio de las autorizaciones,
aprobaciones o habilitaciones que puedan otorgarse de conformidad con el
presente decreto, las personas físicas y jurídicas serán siempre
responsables por los daños que por la gestión de los residuos sólidos
puedan causar al ambiente, incluyendo la salud humana.
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