REGLAMENTACION DEL ARTICULO 21 DE LA LEY 17.283 (LEY GENERAL DE PROTECCION DEL MEDIO AMBIENTE)




Promulgación: 20/06/2013
Publicación: 27/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1262
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.283 de 28/11/2000 artículo 21.
Referencias a toda la norma

Capítulo V- Del transporte de los residuos sólidos

Artículo 22

 (Características de los vehículos). Los vehículos que sean utilizados en
el transporte de residuos sólidos deberán:
a)     permitir el transporte seguro de los residuos sólidos hasta su
       destino y que las operaciones de carga y descarga sean efectuadas
       en condiciones de seguridad e higiene;
b)     tener un diseño que evite cualquier pérdida de la carga y que
       permita un lavado eficaz;
c)     contar con unidades cerradas o sistemas equivalentes para
       transportar residuos de la Categoría I; y,
d)     para el transporte a granel, adoptar las medidas preventivas y
       demás precauciones necesarias para que la carga esté adecuadamente
       cubierta, de forma de evitar cualquier escape de residuos y
       minimizar el contacto de agua de lluvia con la carga.
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