EMISION DE BONOS REAJUSTABLES SEGURIDAD SOCIAL. BCU




Promulgación: 15/05/1996
Publicación: 29/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1060
Referencias a toda la norma

Artículo 3

  La colocación de estos Bonos se realizará por el sistema de suscripción
directa mediante acreditación de las sumas respectivas en cuentas
especiales que las Administradoras de Fondos de Ahorro Previsional deberán
abrir en el Banco Central, quien emitirá las constancias o avisos de
créditos respectivos.
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