REGISTRO NACIONAL DE EMPRESAS DE SEGURIDAD. PERSONAL DE VIGILANCIA




Promulgación: 20/06/2000
Publicación: 28/06/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 1124
Referencias a toda la norma

Artículo 9

 El RE.NA.EM.SE llevará asimismo un legajo de cada persona privada física
o jurídica habilitada en el que constará toda actuación que haya
ameritado la intervención policial y/o judicial, debiendo ser evaluados
estos antecedentes para la inhabilitación o la no renovación de la
habilitación, en su caso.
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