INCREMENTO DE LA CUOTA MUTUAL DE SOCIEDADES MEDICAS. ENERO 2019




Promulgación: 11/01/2019
Publicación: 22/01/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Referencias a toda la norma

Artículo 4

   El incremento autorizado para el valor de las cuotas básicas de convenios colectivos, sin el aporte al Fondo Nacional de Recursos, no podrá ser superior al que resulte de incrementar en 10,67% (diez con sesenta y siete por ciento) los valores vigentes respectivos, confirmados de acuerdo a lo establecido en el Decreto N° 323/018, de 15 de octubre de 2018.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 12.
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