REGLAMENTACION DE LA 20.177, QUE REGULA LA NORMATIVA SOBRE DONACION DE ALIMENTOS




Promulgación: 20/08/2025
Publicación: 03/09/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 20.177 de 21/07/2023.

Artículo 15

   (Del Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos). Establécese que el Comité Nacional para la Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos (Comité Nacional PDA), que funciona en la órbita del Ministerio de Ambiente, será el ámbito de coordinación a nivel nacional, en materia de prevención y reducción de las pérdidas y desperdicios de alimentos.

   El Comité Nacional PDA se constituye como un ámbito técnico permanente, de articulación interinstitucional e intersectorial, que estará integrado por representantes del sector público, productivo, académico y de organizaciones sociales, cuyo cometido es asesorar al Poder Ejecutivo en el diseño e implementación de políticas, planes y estrategias en materia de pérdidas y desperdicios de alimentos en el país.

   La Estrategia Nacional de Prevención y Reducción de Pérdidas y Desperdicios de Alimentos, será utilizada como guía de las actividades del Comité.

   Cométese al Ministerio de Ambiente brindar el apoyo técnico y administrativo del Comité Nacional PDA.
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