Todos los Centros y Servicios que realicen la implantación de
marcapasos definitivos deberán contar por lo menos con el siguiente
equipamiento:
a) Fluoroscopio con intensificador de imagen con posibilidad para
proyecciones antero-posterior y lateral;
b) Electrocardiógrafo y osciloscopio con desfibrilador;
c) Equipamiento para determinación de umbrales y señales endocavitarias;
d) Equipamiento específico para control de generadores de impulsos;
e) Material quirúrgico y de sutura adecuado;
f) Stock suficiente de marcapasos y electrodos de forma que ante
eventual contaminación, daño o falla de los mismos puedan ser
sustituidos en el momento;
g) Equipo de sostén ante la eventualidad de mal funcionamiento del
marcapaso original (marcapaso externo);
h) Equipo de emergencia completo para reanimación cardio-respiratoria
que debe estar disponible en la Sala siempre que se realice un
implante de marcapaso.