La Dirección Técnica responsable de cada Centro o Servicio deberá
elevar al Ministerio de Salud Pública la documentación que acredite la
capacitación y experiencia de los médicos actuantes.
A los médicos actuantes se les exigirá:
- Actuación documentada previa como implantador de por lo menos
25 marcapasos definitivos en el Uruguay o en Centro calificado
del exterior.
- Experiencia documentada en tratamiento intensivo.