SANIDAD ANIMAL. ESTABLECIMIENTOS DE ENGORDE DE BOVINOS A CORRAL CON DESTINO A FAENA




Promulgación: 07/06/2010
Publicación: 17/06/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 1146
Referencias a toda la norma

Artículo 7

 Del Plan Sanitario - Los propietarios de los establecimientos de engorde
de ganado bovino a corral, deberán cumplir con el Plan sanitario elaborado
por un Médico Veterinario de libre ejercicio acreditado por la Dirección
General de los Servicios Ganaderos.
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