FIJACION DE PRECIOS DE CEREALES. ZAFRA 1975/1976




Promulgación: 01/04/1976
Publicación: 08/04/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 772

DE LOS DEPOSITARIOS

Artículo 19

  Las remuneraciones establecidas en el artículo 17 dejarán de percibirse
automáticamente en su totalidad, desde el momento en que se haya incurrido
en infracción, hasta que se subsane la misma, sin perjuicio de las
sanciones o multas que deban aplicarse o las sanciones penales que
correspondieran.
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