Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
La Comisión Sectorial tendrá como cometidos:
A) Asesorar al Poder Ejecutivo en lo referente a la adopción de medidas
internas tendientes a la aplicación, seguimiento y evaluación del proceso
de integración regional;
B) Coordinar y supervisar la actuación de las Subcomisiones de trabajo
indicadas en el artículo 11;
C) Obtener y difundir información en materia de integración.