ADECUACION DE LA NORMATIVA DE PROMOCION TURISTICA E INVERSIONES




Promulgación: 07/05/2003
Publicación: 13/05/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 950
Referencias a toda la norma

COMPETENCIA

Artículo 2

 Una vez definidas las políticas turísticas, donde queden claramente 
identificados los productos y áreas a promocionar, se tendrán en cuenta 
como méritos para la declaración de promocional de una actividad 
turística su contribución:
* Al desarrollo geográfico y turístico de la infraestructura de la zona 
en que se ubicará el proyecto.-
* A la satisfacción total o parcial de carencias específicas en la planta 
turística de esa zona.-
* A la generación y captación de demanda turística.-
* A la creación de servicios turísticos innovadores.- (*)

                              

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 16 y 18 (vigencia).
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