CREACION DEL SISTEMA NACIONAL AMBIENTAL Y REGLAMENTACION DEL ART. 33 DE LA LEY 19.355 RELATIVO A LA CREACION DE LA "SECRETARIA NACIONAL DE AMBIENTE, AGUA Y CAMBIO CLIMATICO"




Promulgación: 06/06/2016
Publicación: 20/06/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 33.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II
DEL GABINETE NACIONAL AMBIENTAL

Artículo 5

   El Gabinete Nacional Ambiental tendrá los siguientes cometidos específicos:
a. Proponer al Poder Ejecutivo la política ambiental integrada y
   equitativa del Estado para un desarrollo nacional sostenible y
   territorialmente equilibrado, velando por su inserción internacional
   como país social y ambientalmente responsable.
b. Promover la integración de la dimensión ambiental y del desarrollo
   sostenible en las políticas públicas sectoriales relativas a la salud
   pública, la producción agropecuaria e industrial, el turismo, el
   comercio, la educación ambiental, el consumo y los servicios para
   impulsar el desarrollo sostenible del país.
c. Proponer las políticas públicas transversales y sectoriales
   articuladas en el territorio para la protección de los ecosistemas y
   recursos naturales y velar por su ejecución coordinada a través de la
   institucionalidad competente y la participación pública.
d. Atender a las recomendaciones que sobre los temas relativos a
   ambiente, agua y cambio climático proponga alguno de los órganos del
   Sistema Nacional Ambiental para el desarrollo sostenible del país y
   para su inserción internacional como país ambientalmente responsable.
e. Convocar a otras instituciones a participar en la preparación de las
   políticas públicas transversales en materia de medio ambiente, agua y
   cambio climático cuando las competencias de las mismas así lo
   justifiquen.
f. Considerar y aprobar el Plan Nacional Ambiental para el Desarrollo
   Sostenible y emitir opinión sobre los planes nacionales y regionales
   de carácter territorial, ambiental, de agua y saneamiento y de
   respuesta al cambio climático, de los órganos vinculados al Sistema
   Nacional Ambiental.
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