APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE AFE. EJERCICIO 2013




Promulgación: 10/06/2013
Publicación: 14/06/2013
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2013
  •    Página: 1107

Artículo 4

 Las adecuaciones de las partidas presupuestales se realizarán en períodos
acordes con las disposiciones legales vigentes. Cada actualización de los
ingresos y de las asignaciones presupuestales de los rubros de gastos e
inversiones se realizará ajustando los duodécimos de cada rubro para el
período que resta hasta el fin del ejercicio, de forma de obtener al fin
de éste, las partidas presupuestales a precios promedio corriente del año.

En aquellos conceptos en que corresponda, los ajustes se realizarán en
función de los aumentos salariales dispuestos y las variaciones estimadas
del Índice de Precios al Consumo y del tipo de cambio promedio para dicho
período, que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los
Entes Industriales, Comerciales y Financieros del Estado, en un plazo no
mayor de 15 días a partir de la vigencia del incremento salarial.

La prima por antigüedad y todos aquellos conceptos de beneficios sociales
que se agrupan en el art. 17 "Beneficios Familiares" serán ajustados en
ocasión de la fijación de la Base de Prestaciones y Contribuciones y en
idéntico porcentaje.

Las retribuciones complementarias agrupadas en el objeto 042021, "Por
tareas que impliquen cambio de residencia o casa habitación" serán
pasibles de un ajuste semestral automático, de acuerdo al Índice de
Precios al Consumo -Grupo Alimentos y Bebidas No Alcohólicas- que publica
el Instituto Nacional de Estadística.

Los Quebrantos de Caja también serán objeto de un ajuste semestral
automático, pero en función de los aumentos registrados en el valor de la
Unidad Reajustable publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

GRUPO     DENOMINACION     $     $
61     Intereses y otros Gastos Deuda Interna.     0
617     Partidas por paridad monetaria     0
62     Intereses y Gastos de Préstamos Internos.     0
63     Intereses y Gastos de la Deuda Externa.     0
64     Intereses y otros Gastos de Préstamos Externos.     2.241.185
8     APLICACIONES FINANCIERAS          36.531.628
81     Amortizaciones de la Deuda Interna.     0
82     Amortización de Préstamos Internos.     4.502.155
83     Amortización de la Deuda Externa.     0
84     Amortización de Préstamos Externos.     32.029.473

TOTAL OPERACIONES FINANCIERAS          38.772.813

II - 3     INVERSIONES

GRUPO     DENOMINACION          $
0     SERVICIOS PERSONALES.          0
1     BIENES DE CONSUMO          0
2     SERVICIOS NO PERSONALES.          3.315.000
3     BIENES DE USO.          602.393.260

TOTAL INVERSIONES          605.708.260

TOTAL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OPERACIONES FINANCIERAS E INVERSIONES      
   1.436.773.738

Los ingresos están presupuestados con el criterio de lo percibido, de
acuerdo a lo establecido en artículo 12° del TOCAF.

La apertura de Recursos, Presupuesto de Funcionamiento, de Operaciones
Financieras y de Inversiones por proyecto, fuente de financiamiento y las
partidas en moneda extranjera, se detallan en los cuadros que se adjuntan
y que forman parte integrante de este decreto.

El Grupo 0 "Retribución de Servicios Personales", que incluye Cargas
Legales sobre Servicios Personales y Beneficios Familiares en lo relativo
a beneficios sociales, así como todos los montos vinculados a
remuneraciones y beneficios mencionados en el articulado, se expresa
recogiendo los aumentos salariales registrados en enero de 2012.

Las rentas por Accidentes de Trabajo se ajustarán en las mismas ocasiones
y porcentajes que las servidas por el Banco de Seguros del Estado.

El Directorio, en un plazo no mayor de 30 días deberá elevar la adecuación
realizada a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a efectos de proceder
a su previo informe favorable. Obtenido el mismo, regirán las partidas
adecuadas, las que serán comunicadas por la A.F.E. al Tribunal de Cuentas
de la República dentro de los 15 días subsiguientes, para su conocimiento.
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