REGLAMENTACION DE LAS CONDICIONES DE ELABORACION Y VENTA DE GASAS, ALGODÓN, TOALLAS HIGIENICAS, TELA ADHESIVA Y SIMILARES




Promulgación: 04/04/1978
Publicación: 11/04/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 519

Artículo 14

  Inspecciones.- Compete a la División Técnica (Inspección General de
Química, Farmacia y Drogas) y División Higiene Ambiental del Ministerio de
Salud Pública, cada una en su esfera de acción, la vigilancia del
cumplimiento de lo dispuesto en el presente Reglamento.
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