Compete a la Dirección General de Servicios Ganaderos del Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, en calidad de Entidad de Acreditación:
a) Acreditar a los Profesionales Veterinarios, para intervenir en las
campañas sanitarias reglamentadas y en otras actividades
sanitarias requeridas por el Sector.
b) Determinar las Areas de Acreditación, de acuerdo a los
requerimientos del Sector, en función de la situación sanitaria
del país y las exigencias de los mercados internacionales.
c) Aprobar los requisitos del profesional veterinario, según las
actividades a realizar, por Area de Acreditación.
d) Determinar los procedimientos, criterios y parámetros para evaluar
la competencia técnica del aspirante.
e) Planificar las actividades de capacitación, y validar los cursos
realizados por los aspirantes, a propuesta del Comité de
Acreditación.
f) Llevar los registros actualizados de los veterinarios acreditados
por Area de Acreditación y asimismo:
I- Comunicar en forma inmediata las altas y bajas de los
Registros respectivos a todas las dependencias de la Unidad
Ejecutora;
II- Difundir por medios idóneos los Registros de Acreditación
actualizados.