APROBACION DE LOS VALORES DE LAS REMUNERACIONES ANUALES PARA LAS INSTALACIONES DEL SISTEMA INTERCONECTADO NACIONAL Y LOS CARGOS UNITARIOS RESPECTIVOS




Promulgación: 17/01/2024
Publicación: 24/01/2024
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 3

   Los valores fijados en el artículo 2 se reajustarán anualmente aplicando la siguiente fórmula, hasta que se apruebe una nueva valorización de las instalaciones del Sistema Interconectado Nacional;
 
   

   Valorn+1 = valor reajustado en el año n + 1 

   Valor0 = valor fijado en el artículo 2

   CPI = Índice de Precios al Consumidor de EE.UU., categoría consumidores urbanos (CPI-U) serie CUUR0000SA0, publicado en la web (http://data.bls.gov/cgi-bin/srgate)

   CPIdiciembre año n = valor del índice CPI en el mes de diciembre del año n, con tres cifras decimales

   n = año previo al año del cálculo del reajuste

   CPIdiciembre año 2022 = valor del índice CPI en el mes de diciembre del año 2022, con tres cifras decimales, el cual es igual a 296,797

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 17/024 de 
17/01/2024.
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