(Subsidio parental para cuidados: aplicación en el tiempo) El subsidio a
que refiere el artículo 12 de la ley que se reglamenta alcanzará también a
los beneficiarios indicados en dicha norma, cuyo hijo no hubiere cumplido
los cuatro meses de edad al día 25 de noviembre de 2013.
Las sendas extensiones previstas en el inciso segundo de dicho artículo
serán también de aplicación para quienes estuvieren en goce de este
subsidio al 1° de enero de 2015 y al 1° de enero de 2016, respectivamente.