Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículos 175, 176, 177, 178 y 179.
El Consejo Asesor Honorario tendrá como cometido evaluar, coordinar y auditar los planes, objetivos y logros del INACAL, en coordinación con el Director Ejecutivo del Instituto.Ayuda