SECCION IV - INCISOS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL INCISO 08 - MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
Artículo 179
Establécese un Consejo Asesor Honorario de nueve miembros,
representativo de las áreas de actividad a que se refiere el Instituto
-debiendo integrarlo cuatro representantes del sector privado-, el que
será designado por el Ministerio de Industria, Energía y Minería con el
cometido de evaluar, coordinar y auditar los planes, objetivos y logros
del mismo.
(*)Notas:
Reglamentado por: Decreto Nº 17/008 de 16/01/2008.