INSTITUTO NACIONAL DE CALIDAD. REGLAMENTACION




Promulgación: 16/01/2008
Publicación: 23/01/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 83
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículos 175, 176, 177, 
178 y 179.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

 Son atribuciones del Director Ejecutivo del Instituto Nacional de
Calidad:
a) Representar al Instituto frente a terceros;
b) Aprobar su estructura organizativa, previa aprobación del Consejo
   Asesor Honorario;
c) Contratar y despedir al personal, excepto en el caso del Secretario
   Técnico que requerirá, la aprobación del Consejo Asesor Honorario;
d) Establecer los requerimientos de recursos humanos, definición de
   tareas y evaluación de logros y desempeños;
e) Efectuar el control de ejecución presupuestal y administración de
   programas;
f) Celebrar convenios y alianzas estratégicas con entidades públicas o
   privadas, nacionales o extranjeras, que contribuyan al cumplimiento de
   los objetivos del Instituto, previa aprobación del Consejo Asesor
   Honorario;
g) Celebrar contratos de préstamo y aporte financiero con entidades
   nacionales y extranjeras, previa aprobación del Consejo Asesor
   Honorario;
h) Adquirir, gravar y enajenar bienes inmuebles y automotores, previa
   aprobación del Consejo Asesor Honorario;
i) Desarrollar, evaluar y poner en marcha Modelos de Mejora Continua,
   programas de educación en Calidad, Foros y Eventos;
j) Coordinar y ejecutar todas las etapas del Premio Nacional de Calidad,
   y de todos los reconocimientos que éste otorgue, de acuerdo al
   Reglamento del Premio Nacional de Calidad;
k) Coordinar y ejecutar las herramientas de comunicación del Instituto;
l) Preparar herramientas de evaluación del éxito de los programas
   desarrollados;
m) Preparar informes de programas, ejecución y evaluación de resultados
   para el Consejo Asesor Honorario, así como cumplir con los informes
   que éste le solicite;
n) Someter a la aprobación del Consejo Asesor Honorario el Proyecto de
   Presupuesto y Plan de Actividades del INACAL, así como su Memoria y
   Balance Anual;
o) En general, realizar todos los actos civiles y comerciales, dictar
   los actos de administración interna y efectuar las operaciones
   materiales inherentes a sus poderes generales de dirección y
   administración con arreglo a los objetivos y especialización del
   Instituto.
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