Reglamentario/a de: Ley Nº 17.930 de 19/12/2005 artículos 175, 176, 177, 178 y 179.
El régimen de funcionamiento del INACAL será el de la actividad privada, ya sea en cuanto a la contratación de personal, régimen de compras, franquicias, venta y arrendamiento de servicios.