Reglamentario/a de: Ley Nº 17.598 de 13/12/2002 artículo 16.
Artículo 2
Dentro de los 10 (diez) días hábiles de recibida la propuesta, y de
estimarla pertinente, el Poder Ejecutivo la comunicará a la Oficina
Nacional del Servicio Civil, a efectos de que ésta prosiga con el
trámite. Dentro de los 10 (diez) días hábiles de recibida la
comunicación, la Oficina Nacional del Servicio Civil notificará la
propuesta al funcionario y al jerarca del organismo respectivo, a los
efectos de que ambos puedan expresar su aceptación u oposición a la misma
dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles de realizada la notificación.
Transcurrido el plazo aludido sin expresar oposición, se entenderá que no
la hay.