PROHIBICION DE CAZA DE ESPECIES ZOOLOGICAS SILVESTRES




Promulgación: 02/05/1996
Publicación: 21/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1003
Referencias a toda la norma

PERMISO DE CAZA

Artículo 7

   Las condiciones que regirán en el uso de los permisos de caza de
control y de caza científica, serán establecidos, en cada caso particular,
por la Dirección Areas Protegidas y Fauna, de la Dirección General de
Recursos Naturales Renovables, en las respectivas resoluciones.
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