REGLAMENTACION DE LA LEY 18.399. MODIFICACION DEL REGIMEN DE SEGURO POR DESEMPLEO




Promulgación: 30/03/2009
Publicación: 15/04/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 747
Reglamentario/a de:
      Ley Nº 18.399 de 24/10/2008,
      Decreto Ley Nº 15.180 de 20/08/1981.
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 (Servicios no documentados).- En caso de que el trabajador no revistare
en la planilla de control de trabajo o instrumento equivalente, o que no
documentare los servicios dentro del plazo correspondiente, podrá
acreditar, mediante cualquier medio de prueba, la existencia de la
relación laboral y de los demás requisitos exigidos.
La prueba será valorada por la Administración en oportunidad de decidir
sobre el derecho a la prestación.
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