Deróganse los Decretos Nros. 105/991, de 27 de febrero de 1991 y
200/993, de 4 de mayo de 1993.
Para los ejercicios iniciados antes de la fecha de entrada en vigencia
del presente Decreto, se podrá optar entre la aplicación del presente
Decreto o de las normas contables contenidas en los Decretos Nros.
105/991 y 200/993, citados, debiéndose revelar por nota la opción
adoptada.