TRANSFERENCIA DE RUBROS PRESUPUESTALES. MINISTERIO DE SALUD PUBLICA




Promulgación: 18/05/2012
Publicación: 28/05/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1099

Artículo 4

 La Contaduría General de la Nación redistribuirá los créditos
respectivos, del Inciso 29 "Administración de los Servicios de Salud del
Estado" al Inciso 12 "Ministerio de Salud Pública", sin que ello
signifique costo presupuestal ni de caja.
Ayuda