REGLAMENTACION DE LA LEY 19.307. LEY DE MEDIOS. REGULACION DE LA PRESTACION DE SERVICIOS DE RADIO, TELEVISION Y OTROS SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL




Promulgación: 05/06/2019
Publicación: 12/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.307 de 29/12/2014.
Referencias a toda la norma

TÍTULO II - DERECHOS DE LAS PERSONAS
CAPÍTULO III - DERECHO AL ACCESO A EVENTOS DE INTERÉS GENERAL

Artículo 30

   (Instancias definitorias).- Se entenderá por instancias definitorias de dichos torneos y, por ende, susceptibles de ser obligatoriamente emitidas por un servicio de radiodifusión de televisión en abierto y en directo y simultáneo, a la final y semifinal en que participe la selección nacional.
   En caso en que el sistema de disputa del torneo no prevea final y semifinales, se emitirán por el servicio abierto y gratuito en directo y simultáneo los dos últimos partidos de la serie, siempre que la selección nacional mantenga chance matemática de hacerse con el título del torneo.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 31.
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