APROBACION DEL MARCO REGULATORIO SOBRE PRODUCTOS VETERINARIOS EN EL MERCOSUR




Promulgación: 21/05/1997
Publicación: 03/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1088
Referencias a toda la norma

Artículo 6

   Para elaborar Productos Veterinarios por cuenta de terceros, se
presentará ante la D.G.S.G. documento firmado por ambas partes,
estableciendo los productos a elaborar conforme al acuerdo entre el
comitente y el fabricante habilitado. El comitente será responsable por el
cumplimiento de las condiciones autorizadas para la elaboración de los
Productos Veterinarios fabricados a su orden.
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