FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 2007. TRABAJADORES DOMESTICOS




Promulgación: 15/01/2007
Publicación: 22/01/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 123
Referencias a toda la norma

Artículo 2

   Para aquellos trabajadores del servicio doméstico remunerados por 
hora, el Salario Mínimo será de $ 16.00 (pesos uruguayos dieciséis) por hora.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5 (vigencia).
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