FIJACION DEL SALARIO MINIMO NACIONAL. ENERO 1992 - TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 13/01/1992
Publicación: 21/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1992
  •    Página: 57

Artículo 5

  Establécese que los trabajadores cuyas categorías no estén previstas en
el presente decreto y aquellos que perciban remuneraciones superiores a
los mínimos establecidas, percibirán un incremento salarial de un 15%
(quince por ciento) sobre los salarios nominales vigentes al 31 de
diciembre de 1991.
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