REGLAMENTACION DE LA LEY 19.717, RELATIVO A LA CREACION DE LA COMISION HONORARIA DEL PLAN NACIONAL DE PRODUCCION CON BASES AGROECOLOGICAS




Promulgación: 04/06/2019
Publicación: 10/06/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.717 de 21/12/2018.

Artículo 8

   El Poder Ejecutivo, a propuesta de las organizaciones de la sociedad civil, designará los delegados para integrar la Comisión Honoraria que cumplan con las siguientes condiciones:
   a) que las mismas trabajen directamente en la producción;
   b) que el conjunto de las organizaciones reflejen la representación de todos los sistemas productivos de base agroecológica; a modo de ejemplo -no taxativo-: agricultura urbana y suburbana, horticultura familiar, ganadería (con preminencia de la ganadería sobre campo natural) y lechería;
   c) que cuenten con un reconocido trabajo de fomento de la producción con bases agroecológicas;
   d) que dispongan de personería jurídica al momento de proponer al Poder Ejecutivo su delegado titular y su respectivo suplente.
   Las organizaciones seleccionadas, podrán delegar su representación en otro referente idóneo y con solvencia reconocida.
   El plazo para la presentación de los delegados será de 20 días corridos a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto.
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